Familia

Cuidado Personal y Tuición: Abogada de Familia en Chile

El cuidado personal —antes llamado tuición o custodia— fija la residencia habitual del niño y la capacidad de tomar decisiones cotidianas sobre él. En Chile puede ejercerse de forma exclusiva por uno de los progenitores o de manera compartida. Tramitamos la regulación inicial, modificación y traslado de cuidado personal ante los Juzgados de Familia, siempre con foco en el interés superior del niño.

Cuidado personal exclusivo y compartido

La ley chilena permite dos modalidades, con efectos prácticos muy distintos.

Cuidado personal exclusivo

  • Lo ejerce uno solo de los progenitores.
  • El otro mantiene la relación directa y regular (visitas) y la patria potestad puede atribuirse según corresponda.
  • Es el régimen más frecuente cuando hay alta conflictividad o distancia entre los hogares.

Cuidado personal compartido

  • Ambos progenitores comparten la crianza con un sistema de alternancia de hogares.
  • Requiere acuerdo (o sentencia) que lo establezca expresamente.
  • Exige cooperación, cercanía geográfica y comunicación funcional entre los padres.

Criterios que considera el juez

Toda decisión sobre cuidado personal se rige por el interés superior del niño, niña o adolescente. El tribunal pondera factores concretos:

  • La vinculación afectiva entre el hijo y sus progenitores, y demás personas de su entorno familiar.
  • La aptitud de los progenitores para garantizar el bienestar del hijo y la posibilidad de procurarle un entorno adecuado, según su edad.
  • La contribución a la mantención del hijo mientras estuvo bajo el cuidado personal del otro progenitor, pudiendo hacerlo.
  • La actitud de cada uno de los progenitores para cooperar con el otro, a fin de asegurar la máxima estabilidad al hijo y garantizar la relación directa y regular, considerando especialmente lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 229 del Código Civil.
  • La dedicación efectiva que cada uno de los progenitores procuraba al hijo antes de la separación y, especialmente, la que pueda seguir desarrollando de acuerdo con sus posibilidades.
  • La opinión expresada por el hijo.
  • El resultado de los informes periciales que se haya ordenado practicar.
  • Los acuerdos de los progenitores antes y durante el respectivo juicio.
  • El domicilio de los progenitores.
  • Cualquier otro antecedente que sea relevante atendido el interés superior del hijo.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre tuición y cuidado personal?+

Son lo mismo. 'Tuición' es la denominación antigua. La ley actual usa 'cuidado personal' y en algunos casos lo distingue de la 'patria potestad', que se refiere a la administración de los bienes del hijo.

¿Puedo pedir cuidado personal compartido si el otro progenitor no quiere?+

No. El cuidado personal compartido solo procede cuando hay acuerdo de ambos progenitores.

¿Se le pregunta al niño con quién quiere vivir?+

El niño tiene derecho a ser oído. El juez pondera su opinión según su edad y madurez, pero la decisión final es del tribunal y se toma desde el interés superior del niño, no desde la sola preferencia.