
Cuidado de hijos
Relación directa y regular (visitas): tipos, criterios judiciales e incumplimiento
La relación directa y regular, conocida popularmente como régimen de visitas, es el vínculo periódico entre el hijo y el progenitor que no tiene el cuidado personal. Entender qué tipos existen y cómo actúa el tribunal ante el incumplimiento te permite proteger ese derecho del niño o niña.
Tipos de régimen de visitas
Existen dos tipos complementarios, que pueden coexistir en la misma regulación:
- Régimen ordinario: vinculación periódica y estable entre padre e hijo. Ejemplo: todos los sábados de 11:00 a 15:00 horas.
- Régimen extraordinario: vinculación en festividades y fechas especiales, como cumpleaños, vacaciones, Navidad, Año Nuevo, Día del Padre, Día de la Madre o Fiestas Patrias.
Criterios legales que considera el juez
El juez siempre decide guiado por el interés superior del niño, niña o adolescente, su derecho a ser oído y la evolución de sus facultades. Además pondera:
- La edad del hijo.
- La vinculación afectiva entre el hijo y el padre o madre según corresponda, así como la relación con parientes cercanos.
- El régimen de cuidado personal acordado o determinado.
- Cualquier otro elemento relevante para el interés superior del niño.
¿Qué pasa si no se cumple un régimen ya regulado?
Siempre se evalúa desde el interés superior del niño. Si existe una restricción sin motivo justificado, es posible solicitar apremios legales y medidas cautelares para resguardar el cumplimiento.
- Multas al progenitor incumplidor.
- Solicitud de compensación de días no entregados.
- Auxilio de fuerza pública para el retiro de los niños cuando corresponda.
- Es recomendable dejar constancia en comisaría virtual antes de pedir las medidas al Juzgado de Familia.
Si enfrentas incumplimiento o necesitas regular visitas, te acompañamos.
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Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre régimen ordinario y extraordinario de visitas?+
El ordinario regula la vinculación periódica y estable (por ejemplo, fines de semana). El extraordinario regula fechas especiales como vacaciones, cumpleaños y festividades.
¿Qué criterio tiene el juez para fijar visitas?+
El interés superior del niño, su derecho a ser oído, la edad, la vinculación afectiva con cada progenitor y el régimen de cuidado personal vigente.
¿Qué hago si la madre o el padre no respeta el régimen de visitas?+
Deja constancia en comisaría virtual, conserva toda la evidencia y solicita al Juzgado de Familia apremios como multa, compensación de días o auxilio de la fuerza pública.
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