Pensión de alimentos

Pensión de alimentos en Chile: montos legales, excepciones y gastos extraordinarios

Actualizado 16 de abril de 20265 min de lectura

Antes de entrar a mediación por pensión de alimentos es clave conocer los montos legales mínimos y máximos, así como el concepto de gastos extraordinarios. Esta información te permite negociar con respaldo legal y evitar acuerdos que no te favorezcan.

Montos legales que debes conocer antes de mediación

La ley chilena fija referencias claras para calcular la pensión de alimentos:

  • Mínimo legal: 40% de un Ingreso Mínimo Remuneracional (IMR) cuando se tiene un solo hijo.
  • Mínimo legal: 30% de un IMR por cada hijo cuando se tiene más de un hijo.
  • Máximo legal: 50% de las rentas del alimentante.

¿Existen excepciones al tope del 50%?

Sí. En circunstancias calificadas, la pensión puede fijarse por sobre el 50% de las rentas del alimentante. Un ejemplo típico es cuando el niño, niña o adolescente requiere terapias particulares constantes por una enfermedad crónica, tratamientos médicos permanentes u otras necesidades especiales debidamente acreditadas.

¿Qué son los gastos extraordinarios?

Son gastos no previsibles ni mensuales que pueden afectar a los alimentarios. Por ejemplo, una apendicitis de urgencia, un tratamiento dental imprevisto o una cirugía no programada.

Estos gastos se fijan en porcentajes y no como un monto fijo. Por ejemplo: cada progenitor pagará el 50% de los gastos médicos de urgencia cuando estos ocurran.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el monto mínimo de pensión de alimentos para un hijo en Chile?+

El mínimo legal es el 40% de un Ingreso Mínimo Remuneracional (IMR) cuando se tiene un solo hijo.

¿Cuál es el mínimo si tengo dos o más hijos?+

El mínimo legal es el 30% de un IMR por cada hijo cuando son dos o más.

¿La pensión puede superar el 50% de las rentas del alimentante?+

Sí, en circunstancias calificadas, como enfermedades crónicas que requieren tratamientos constantes. El juez debe acreditarlas caso a caso.

¿Los gastos extraordinarios se pagan además de la pensión?+

Sí. Son gastos no previsibles ni mensuales que se pagan adicionalmente, generalmente fijados en un porcentaje de participación de cada progenitor.